Convenio Especial en España: Cómo Pagar la Sanidad Pública como Residente

Revisado Médicamente por Dr. Pedro Yelamo Vera, MD
Médico Colegiado n.º 484814280 · Colegio Oficial de Médicos de BizkaiaÚltima revisión: 2 de octubre de 2026
Cómo funciona el Convenio Especial de España: quién puede unirse, el coste mensual, lo que cubre y cómo solicitarlo.
No tienes que afrontarlo solo
El Dr. Pedro Yelamo Vera es médico colegiado en España. Reserva una videoconsulta de 20 minutos por 50 €, sin salas de espera y con receta electrónica privada emitida conforme a la normativa española si está clínicamente indicado.
Si vives en España pero no estás cubierto por el sistema de salud pública a través del trabajo, una pensión u otra vía, el Convenio Especial te permite unirte pagando una cuota mensual. Así es como funciona.
Respuesta Rápida
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Qué es? | Un acuerdo de pago que da acceso al sistema de salud pública de España (SNS). |
| ¿Quién puede solicitarlo? | Residentes con al menos un año de residencia continua en España, empadronados y sin otra cobertura de salud pública. |
| ¿Cuánto cuesta? | 60 € al mes si tienes menos de 65 años, y 157 € al mes a partir de los 65 años. Consulta tu región, ya que las normas se establecen regionalmente. |
| ¿A quién lo solicito? | A la autoridad sanitaria de la región donde estés empadronado. |
| ¿Las recetas están incluidas? | No. El régimen nacional cubre la cartera básica de atención, no las recetas de farmacia. |
Para Quién es el Convenio Especial
Está dirigido a personas que viven en España pero no tienen otro derecho a la atención sanitaria pública, por ejemplo, jubilados anticipados sin pensión estatal, o residentes que no trabajan. Es diferente del "convenio especial" de la Seguridad Social utilizado para seguir pagando cotizaciones para la pensión.
Los pensionistas estatales del Reino Unido y la UE normalmente no lo necesitan: pueden registrarse en España con un formulario S1 de su país de pensión. Consulta nuestra guía sobre la cobertura EHIC, GHIC y S1 en España.
Requisitos
- Al menos un año continuo de residencia en España antes de solicitarlo.
- Registro en el padrón (empadronamiento) de tu región.
- No tener acceso a la cobertura de salud pública por ninguna otra vía.
Lo Que Cubre y Lo Que No
Cubre la cartera básica común de atención pública: visitas al médico de cabecera, especialistas, atención hospitalaria y urgencias. No incluye la cartera complementaria, como recetas de farmacia, productos ortopédicos o transporte médico no urgente. Los medicamentos con receta se pagan íntegramente.
Cómo Solicitarlo
- Obtén tu certificado de empadronamiento y prueba de residencia.
- Ponte en contacto con la autoridad sanitaria de tu región (por ejemplo, SERMAS en Madrid o el Departamento de Salud del País Vasco en el País Vasco) y solicita los formularios del convenio especial.
- Presenta la solicitud y firma el acuerdo una vez aprobado.
- Paga la cuota mensual mediante domiciliación bancaria.
¿Es Válido para un Visado?
Para las solicitudes de visado por primera vez, los consulados suelen requerir un seguro de salud privado. El convenio especial es utilizado principalmente por personas que ya residen desde hace un año. Consulta los requisitos para tu permiso.
Preguntas Frecuentes
¿Obtengo una tarjeta sanitaria?
Depende de la región. En algunas regiones, muestras tu acuerdo firmado en lugar de una tarjeta.
¿Qué hago si necesito un médico antes de unirme?
Puedes utilizar la atención privada, incluida una consulta online el mismo día.
¿Necesitas un médico en inglés mientras gestionas tu cobertura? Reserva una videoconsulta con un médico online en España para atención urgente no emergente. En caso de emergencia, llama al 112.
Referencias y Fuentes Médicas
Este contenido está redactado y revisado por un médico colegiado con referencia a las siguientes autoridades sanitarias oficiales.

